miércoles, 20 de junio de 2018

01 de Julio de 2018 ¿Empiezan los excesos de jornada o nunca se han ido?

01 DE JULIO DE 2018

La empresa comunicó ayer que hará uso de la Distribución Irregular de Jornada en Andalucía. El día 01 de Julio es día de apertura autorizada en Andalucía.

CALENDARIO DE APERTURAS AUTORIZADAS EN ANDALUCIA PARA 2018

El II Convenio Colectivo de Supersol recoge que el trabajo en Domingos se compensa con un día de descanso, pero tiene los siguientes límites:

Se deberán respetar los descansos mínimos diario (12 horas entre jornadas desde que sales hasta que vuelves a entrar) y descanso semanal ( en un plazo de 14 días debes descansar). 

Estos dos tipos de descanso no se vienen cumpliendo en la actualidad. Por ello cuando se den estas situaciones debéis informarnos para que actuemos y garanticemos su cumplimiento.

Las personas que tengan reducción de jornada por cuidado de hijos/as o de personas dependientes están exentas y la empresa no les puede obligar a realizar la Distribución Irregular de Jornada. 

La empresa debe hacer una comunicación oficial que tiene que contar con los siguientes requisitos:

La carta (el preaviso) te lo deben entregar con cinco días de antelación. Si te lo entregan después ya no cumple con los requisitos exigidos (cuando firmes pon la fecha del día en el que te entregan la carta)

Debe recoger el día en el que te aplican la Distribución Irregular de la Jornada y el día en el que descansas. Deben ser esos días. Si no te lo dan comunícanoslo porque supone un incumplimiento total de la normativa laboral y si no se denuncia no se podrá arreglar nunca y continuarán haciéndolo mal (como ocurre ahora, no se pueden permitir que se hagan mal estas cosas que luego van en contra de la plantilla)

También debe recoger las horas reales que trabajas.

Las personas con contratos parciales también rellenarán ese día el Registro Diario de Jornada.

Mira bien tu carta. No te pueden dar el día de descanso que te corresponde otro día que coincida con tu descanso. Tenlo en cuenta.

Ante una situación de aperturas, renovaciones y lavado de imagen la empresa no puede recurrir al argumento de que no ha conseguido los objetivos de ventas y  tiene que abaratar costes... que siempre recae sobre los mismos.

Cada vez que nos aplican la distribución irregular de la jornada tenemos que acordarnos de quien firmó en solitario este Convenio Colectivo, de quienes facilitaron que se firmara el Convenio colectivo diciendo que nos quedábamos como estábamos y de quienes lo han llevado irresponsablemente ante un juzgado y lo han perdido... Si la empresa lo aplica y lo hace mal nuestro objetivo es que cumpla con lo que dice la Ley y eso es cosa de todos y todas.

Como en cada notificación de Distribución Irregular de la Jornada. Desde CCOO estamos en contra de que se use para abaratar costes laborales los días de apertura autorizada. 

Si tienes cualquier duda sobre la aplicación de la Distribución Irregular de la Jornada, Registro diario de jornada, sobre el preaviso, los días de descanso, etc... contacta con nosotr@s. 















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