Hemos solicitado una reunión con la empresa para que negociar lo relacionado con el Registro de Jornada tras la aprobación del Real Decreto 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad en la jornada de trabajo y que mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada.
"Tengo que firmar un papel cuando entro y cuando me voy ¿eso es correcto? ¿Tengo que firmarlo? El horario que pone no es el correcto, me dicen que no ponga lo que realmente trabajo porque me lo compensarán. ¿Qué debo hacer?"
CCOO ha denunciado que el registro de jornada no recoge los excesos de jornada, sobre todo los realizados a la hora del cierre del establecimiento. Sobre este teman ya nos ha dado la razón varias veces la Inspección de Trabajo.
Este camino no ha sido fácil: Pusimos denuncias en 2015, en 2016, en 2017 (cuando finalmente se implantó el registro de jornada a tiempos parciales en Málaga), y hemos continuado diciendo que no se está haciendo bien.
Tras varios requerimientos por parte de la Inspección de Trabajo ha realizado varias actuaciones y ha puesto varias sanciones a la empresa para que cumpla.
A partir del 12 de mayo será obligatorio rellenar el documento de REGISTRO DE JORNADA para todo el personal de las tiendas y de las plataformas. Para todos los contratos ya sean a tiempo completo o a tiempo parcial.
Para ello la empresa deberá sentarse a negociar.Desde CCOO hemos solicitado una reunión del Comité Intercentros para tratar este tema y que pueda ponerse en práctica antes del 12 de mayo de 2019.
El registro de jornada en los contratos parciales es una medida que recoge el Estatuto de los trabajadores para que no haya descontrol de las jornadas. Para garantizar que el trabajador cotiza realmente las horas que trabaja y que esas horas que trabaja las cobra como horas ordinarias de trabajo, y no por un céntimo menos.
Esto tiene efectos muy positivos para el trabajador ya que va a cotizar todas las horas que realiza, como horas efectivas trabajadas y por lo tanto tendrá efectos sobre la base de cotización en caso de incapacidad temporal (bajas) ya sean de Accidente Laboral, incapacidad temporal por enfermedad común o enfermedad profesional; también tendrá efectos positivos a la hora de cobrar el subsidio de desempleo o la ayuda y a efectos de futuro sobre la jubilación.
No es lo mismo cotizar a 20 horas que a 24, aunque el contrato sea de 20 horas/semanales.
¿Qué prácticas no se de deben permitir en el Registro de Jornada?
- Si vas al baño no debes hacer ninguna anotación en el Registro de Jornada. Estás trabajando y es una necesidad biológica.
- Si alguien rellena tu Registro de Jornada y no has sido tu firma no conforme y aclara que lo han escrito por ti. O no firmes y llámanos. Nadie puede manipular el documento del Registro de Jornada.
- Tú tampoco lo puedes rellenar si no es presencia de un responsable del centro.
- Si te dicen que si echas una hora, que te le devuelve al día siguiente y que no es necesario que lo apuntes. No es cierto. Todas las horas que se echen de más y de menos se tienen que apuntar.
Otra aclaración:
Los trabajadores con jornadas de 40 horas/semanales a partir del 12 de mayo deberán rellenar el REGISTRO DE JORNADA y deben reflejar horario de entrada, horario de salida y horas extras.
Los trabajadores que realizan jornadas de más de 40 horas también tienen que firmar el REGISTRO DE JORNADA y deben reflejar las horas que realizan de más, así como horas de entrada y salida.
Los trabajadores con contratos inferiores a las 40 horas, parciales, deben rellenar el REGISTRO DE JORNADA todos los días, tal y como hemos explicado.
Hemos querido explicar mejor en que consiste el Registro de Jornada y como nos beneficia hacerlo de manera correcta. Recuerda que si no lo rellenas correctamente quien sale perdiendo eres TÚ. Una vez has firmado de tu puño y letra que no has realizado horas de más no tienes opción a reclamarlas aún en caso de despido. Por tanto si la rellenas mal, te conviertes en tu principal enemigo.
En CCOO, seguimos luchando por tus derechos.
En caso de duda, llámanos.
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