jueves, 15 de enero de 2015

Publicado el II Convenio Colectivo de Supersol. Contiene errores y nos quita derechos y dinero.

El II Convenio Colectivo del Grupo de Empresas Supersol Spain SLU, ha sido publicado en el BOE de fecha 12 de enero de 2015.

Este II Convenio Colectivo ha sido firmado entre la empresa y el sindicato UGT en solitario. 

A pesar de que en la Mesa Negociadora del Convenio, CCOO tenía representación, no firmó. Tras consultar a los trabajadores éstos dieron una respuesta negativa a la firma del II Convenio Colectivo y tras manifestar que primero debía cumplir la empresa devolviendo la paga de beneficios en 2015, tal y como recogía el acuerdo firmado en 2013. Como consecuencia, respetando el resultado de la consulta, CCOO, no firmó; sin embargo, UGT, haciendo uso de su mayoría absoluta firmó, e hizo posible que el II Convenio Colectivo de Supersol y el artículo 41, salieran adelante. Haciendo posible que la empresa incumpliera su propio acuerdo de devolver la paga de beneficios en 2015

No obstante, el II Convenio Colectivo ha sido publicado con errores. Ya avisamos el primer día que vimos el documento del Convenio Colectivo que los tenía, aunque a la vista está que no ha importado que los tuviera.

Sirva como ejemplo que esta mal la numeración de todo el artículado a partir del artículo 23. Aparecen dos artículos 23 y continúan mal numerados hasta el final. Esto, a priori, es un error imperdonable para la firma del importante gabinete jurídico, Cuatrecasas, que asesoró a Supersol en la negociación del II Convenio Colectivo y es el responsable de la supervisión de estas cuestiones.

En la entrada publicada el 10 de diciembre de 2015 en nuestro blog os anticipábamos algunos de estos cambios y pérdidas de derechos derivados de la negociación de este II Convenio Colectivo de Grupo de Empresas Supersol Spain SLU.

Este es el resumen: Un Convenio que se ha firmado haciendo uso de una mayoría absoluta, y que además no está siendo cumplido íntegramente, por la empresa. 

Ahora, en las provincias, nos toca hacer que la empresa cumpla lo firmado cuando otros han hecho posible que firmen un nuevo Convenio que reduce derechos sin haber cumplido un acuerdo anterior... 

Os dejamos también acceso al enlace en pdf para una fácil lectura y localización de la documentación:







Esperando sea de vuestro interés recibid un saludo.





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