DISTRIBUCIÓN IRREGULAR DE LA
JORNADA 07 DICIEMBRE 2015
EL DÍA SE COMPENSARÁ EN
DESCANSO NO SE ABONARÁ
La empresa acaba de comunicarnos que el Lunes día 07 de Diciembre de 2015, festivo de apertura autorizada, va a proceder a realizar la distribución irregular de la jornada.
Desde
hoy se iniciarán las comunicaciones a tienda a través de jefatura de
venta para garantizar cumplir con los plazos estipulados en el Convenio
Colectivo de Supersol, que es de 5 días laborables contados a partir de que se le hace la comunicación al trabajador de forma individual y mediante la firma de la correspondiente carta que le notifica:
- El día en el que se llevará a cabo la Distribución Irregular de la Jornada (07 de diciembre de 2015).
- El número de horas que se trabajarán ese día.
- El
día o días en el que el trabajador o la trabajadora disfrutará del
descanso correspondiente, que deberá ser dentro de los dos meses
siguientes a la realización de la distribución irregular de la jornada.
Es decir, antes del 06 de febrero se deberá haber disfrutado el descanso de día y medio.
Nota: Descansar día y medio por el festivo trabajado no repercute en el descanso semanal de la semana en que te lo den. Es decir, además de descansar día y medio se debe respetar el descanso semanal.
Al ser un día festivo y no un domingo la empresa aplica el artículo 21 del Convenio Colectivo que compensa el trabajo realizado en festivo con un día y medio de descanso. Esta
es la diferencia con el pasado día 06 de septiembre que se trabajó un
domingo de apertura autorizada y el descanso que se dio correspondía a
las horas que se trabajaron (Ver cuadro):
DIFERENCIAS
|
|
06 de
Septiembre
|
07 de
Diciembre
|
Domingo de apertura autorizada
|
Festivo de apertura autorizada
|
Compensación: Horas
trabajadas, horas descansadas
|
Compensación: Día y medio
de descanso
|
Artículo 15
Convenio Colectivo Supersol
|
Artículo 21
Convenio Colectivo Supersol
|
Esto es lo que dice el Convenio Colectivo:
En este enlace podeis ver la información correspondiente a la distribución de jornada irregular y en este otro consultar las dudas que tengais al respecto.Artículo 21.
Festivos.
Cuando, excepcionalmente y por razones técnicas y organizativas, no se pudiera disfrutar el día de fiesta correspondiente, la Empresa podrá optar entre abonar la compensación económica establecida en cada centro por festivo trabajado o compensarlocon un descanso de día y medio. El disfrute del descanso compensatorio deberá realizarse preferentemente dentro de los treinta días posteriores al festivo, y en todo caso, en los sesenta días posteriores, en las fechas concretas que determine la empresa.
Quedan excluidos de este régimen los trabajadores cuya jornada ordinaria contempla el trabajo en días festivos.
Con respecto a la duda de si es obligatorio o es voluntario lo aclaramos en el siguiente cuadro:
¿PARA QUIÉN ES OBLIGATORIO? ¿Y VOLUNTARIO?
|
|
Obligatorio
|
Voluntario
|
Para toda la
plantilla con excepción de reducciones de jornada
por maternidad, cuidado de familiares,
etc…
|
Reducciones de jornada por maternidad, cuidado de
familiares, etc…
|
Cada
trabajador/a debe firmar su comunicación individual con un preaviso de 5 días de antelación con la
notificación de día que trabajará,
número de horas distribuidas irregularmente, día de disfrute del descanso de
día y medio
|
El trabajador o la trabajadora en
caso de querer trabajar voluntariamente dicho festivo debe firmar una NOVACIÓN DE CONTRATO, única y exclusivamente para modificar las horas para
el festivo trabajado y que recogerá también los días de compensación del
descanso.
|
La empresa alega motivos económicos para llevar a cabo esta distribuión irregular de la jornada, desde CCOO Málaga rechazamos
el cambio de criterio de última hora por parte de la empresa ya que hace
un mes solicitó voluntarios/as para trabajar este festivo e incluso se
habían realizado los cuadrantes de horarios con las personas que se
habían ofrecido. Desde CCOO Málaga nos reafirmamos en lo que trasladamos el pasado día 06 de septiembre y rechazamos que la
distribución irregular de la jornada se use para el abaratamiento de trabajo en
festivo, existen otras fórmulas para que la empresa pueda optimizar resultados.
No hay comentarios:
Publicar un comentario