viernes, 21 de julio de 2017

CCOO Contra la precariedad #PrecarityWar


Campaña de CCOO contra la precariedad. Haciendo visible lo invisible. Ni fácil, ni rápido, pero esta guerra contra la precariedad la vamos a ganar CCOONTIGO.



jueves, 13 de julio de 2017

Acuerdo Nuevo Sistema de Incentivos Supersol


A partir de Octubre se implantará un nuevo sistema de incentivos que fue firmado ayer por unanimidad de los miembros de Comité Intercentros.

Adjuntamos el acuerdo para vuestra información y para ampliar la que dimos ayer en el comunicado que hicimos:





 


 













miércoles, 12 de julio de 2017

Nuevo Sistema de Incentivos en Supersol





NUEVO SISTEMA DE INCENTIVOS

Hoy día 12 de Julio de 2017, el Comité Intercentros ha alcanzado por unanimidad un acuerdo en relación con un nuevo plan de incentivos, la valoración del acuerdo en su totalidad es positiva. Creemos que este plan de incentivos va a funcionar mejor que el anterior del año 2012, ya que pueden tener oportunidad de percibirlo todo el personal, tanto de las tiendas como los compañeros del Cash Diplo. El nuevo sistema de incentivos no cuenta con tantos parámetros para evaluar y es más sencillo de entender para tod@s.
L@s Delegad@s de Comisiones Obreras hemos firmado este acuerdo porque esperamos que tenga un mejor y más justo funcionamiento para el conjunto de compañeros y compañeras. Desde su presentación hasta hoy que se ha llegado al acuerdo hemos conseguido mejoras a través de la negociación y esto ha hecho posible que la empresa haya tenido que modificar muchos de los puntos que se nos presentó el día 21 de junio de 2017.

ACUERDO DEFINITIVO DE INCENTIVOS:

1.       Afecta a todo el personal.
2.       El devengo es mensual.
3.       La cuantía máxima a percibir según grupo profesional y jornada de trabajo es:
A.      Gerentes: 200€
B.      Segundos y Jefes de seccion: 150 €
C.      Dependientes,Jefes de caja y personal de panaderia: 100€
D.      Resto de personal de sala: 60 €
Todo ello proporcional a la jornada de trabajo.
OBJETIVOS A ALCANZAR PARA TENER OPORTUNIDAD DE PERCIBIRLOS:
1.       Ventas según previsión en cada tienda.
2.       Pérdida (conocida y desconocida), según la pérdida de cada tienda.
3.       Absentismo (enfermedad, accidente no laboral o accidente laboral por no haber utilizado las medidas de protección), en este caso se aplican los siguientes coeficientes: de 1 a 2 días de baja se abonará el 50% de la posibilidad de incentivos y más de 2 días el 0%.
4.       Cuando haya una sanción muy grave que sea con suspensión de empleo y sueldo.

NO SE PERDERÁ LA POSIBILIDAD DE PERCIBIR INCENTIVOS:
·         Cuando estemos de vacaciones.
·         Licencias retribuidas.
·         Días de asuntos propios.
DURACION Y VIGENCIA:
Entrará en vigor el 1 de Octubre del 2017 hasta el día 30 de junio de 2018, durante este tiempo se creará una comisión de seguimiento para comprobar si el sistema funciona o no funciona. Fecha en la que habrá que valorar su ratificación o vuelta al anterior sistema.


lunes, 10 de julio de 2017

El trabajo en domingo es voluntario. Voluntario es igual a Voluntario. Nada ha cambiado

Los festivos son voluntarios.

Hace un año que sacamos esta información. Los domingos que no están en el cuadrante laboral son voluntarios. Si te aplican la distribución irregular de la jornada (te dan la carta) entonces, si es obligatorio.

Y desde hace un año hasta ahora nada ha cambiado.

Hace un año, también, denunciábamos que la empresa estaba obligando a trabajar a personal mediante presión: "Si te presentas voluntario, trabajas y te pagamos como festivo. Si no te presentas te doy la carta y no cobras".

Muchos y muchas nos estais preguntando "si ha cambiado algo, que en vuestras tiendas os dicen que si pueden hacerlo" y os contestamos lo  mimo que el año pasado. El trabajo es voluntario y si la empresa os amenaza hay que tomar medidas.

Cuando hemos solicitado a la empresa explicaciones por este tema siempre nos contesta lo mismo: "El trabajo es voluntario, pero tenemos que garantizar que se abren las tiendas".

Nuestra respuesta, desde CCOO, también es la misma: "Nosotros tenemos que garantizar que se cumplen los horarios, que se respetan los descansos (entre jornadas y entre semana), que cuando se aplica la distribución irregular de la jornada se aplique bien y que se desscanse los días que pone la carta haya o no haya personal".

La empresa tiene otras opciones para cubrir los festivos con los eventuales y con los voluntarios de verdad (no forzados a trabajar por presión) y el trabajador tiene límites que son los que ley establece en la legislación para trabajar días contínuos sin descansar y para que se cumpla lo que dice su calendario laboral.

Por ello, te pedimos que si te ocurre lo que hemos descrito (que está ocurriendo) nos lo traslade para que podamos tomar medidas.

Os dejamos la información que lanzamos el año pasado para vuestro conocimiento.




VOLUNTARIO no es igual que AMENAZADO
VOLUNTARIO no es igual que PRESIONADO
VOLUNTARIO no es igual que AMEDRANTADO

Qué es como os hacen sentir a muchos y muchas de vosotros y vosotras, sobre todo si trabajais en una tienda situada en ZONA de GRAN AFLUENCIA TURÍSTICA.
 
VOLUNTARIO es igual a VOLUNTARIO

viernes, 7 de julio de 2017

Se emite Informe Negativo de los Cuadrantes Laborales de Supersol

Os informamos que el pasado 26 de junio la empresa entregó los cuadrantes laborales y que tras analizarlos, hemos concluído que los Cuadrantes Laborales no reflejan en su totalidad los horarios reales que hay en los centros de trabajo.

Hemos hecho un informe y lo hemos entregado a la empresa con fecha 03 de julio para que los entregue correctamente. 

Por nuestra parte, además, hemos hecho una breve encuesta a la plantilla en el que hacíamos una pregunta: "¿Es correcto tu horario laboral tal y como se recoge en el Cuadrante Laboral? En caso de que no lo sea indica cual es".

Para hacer esta encuesta hemos entregado a cada trabajador o trabajadora su cuadrante laboral correspondiente al tercer trimestre de 2017 (meses de julio, agosto y septiembre), que algunos y algunas han reconocido que ni siquiera sabían de su existencia y este es el resultado:



Un 25% de la plantilla encuestada ha contestado que el horario que recoge su cuadrante laboral para los mese de Julio, Agosto y Septiembre NO ES CORRECTO.

El 75% de la plantilla encuestada ha contestado que el horario que aparece en el cuadrante laboral para este trimestre SI ES CORRECTO.

Hemos de comentar también que este porcentaje es más alto porque también se han tenido en cuenta las respuestas de compañeras que están con concreción/reducción de horarios por maternidad y esos si aparecen correctamente. 

La encuesta también nos ha trasladado datos concretos de los fallos que hay en los cuadrantes laborales. Que ya están notificados a la empresa para que los arregle.

CCOO informa a la plantilla de Supersol que el calendario laboral debe estar expuesto, porque así lo dice la ley, artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores, en un lugar visible para los trabajadores. Si en tu centro de trabajo no es así comunícanoslo para solucionarlo.

También insistimos en la necesidad de que cuando os entreguen el Registro de Jornada y no coincidan las horas que ponga el papel con las que realmente trabajéis que lo modifiquéis y o firméis solo si es correcto o está corregido. Como ya os hemos informado en otras ocasiones no hacerlo bien es negativo para vosotros.

Dada la importancia de que los cuadrantes laborales reflejen la realidad de la situación en las tiendas, desde CCOO llevaremos a cabo las propuestas y medidas necesarias para garantizar los derechos de la plantilla de Supersol.  





jueves, 6 de julio de 2017

Debes cobrar nocturnidad a partir de las 22.00 horas. Exígela

CCOO te informa que según establece el Convenio Colectivo de Supersol en su artículo 11 Plus de Nocturnidad, Plus de Frío:

[...]Se establece un plus del 25 % del salario base que le corresponda según su categoría en los siguientes casos:  

El plus de nocturnidad lo percibirán aquellos trabajadores que realicen su jornada entre las diez de la noche y las seis de la mañana, en la parte proporcional de la jornada laboral que coincidan entre las horas mencionadas.
 
Por ello, la empresa deberá abonar a la plantilla de los centros de trabajo que se relacionan en el siguiente cuadro el importe correspondiente a nocturnidad:
 
Las plantillas de estos centros de trabajo, que tengan horario de cierre después de las 22.00 deberán percibir el 25% de su salario base en la parte proporcional que exceda de las 22.00 horas.

También es muy importante que en el registro de jornada dejeis constancia del horario real de salida del centro de trabajo y lo modifiqueis en caso de que no esté bien o no sea correcto. Ya que las horas que excedan de vuestro calendario laboral las podeis reclamar como horas extras.
 

Para cualquier duda o aclaración contacta con tu delegad@ de CCOO.